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PRÉSTAMO PARTICIPATIVO

LÁNZATE

Te ayudamos a que tu proyecto innovador salga al mercado.

Importe préstamo por cliente​

50 mil. a 150 mil. €​

Límite 75% de financiación pública​

DESTINATARIOS
Pymes con productos innovadores que se encuentren en una etapa de lanzamiento comercial.

Amortización hasta

7 años

Carencia hasta

12

meses

1,5% tipo fijo + 0,5% variable

LÁNZATE

Esta medida persigue financiar la salida al mercado de pymes que hayan desarrollado un proyecto innovador y se encuentren en una etapa de precomercialización.

Se entenderá que la empresa se encuentra en una etapa de precomercialización cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución y, a pesar de disponer de productos y/o servicios plenamente operativos comercialmente, sus ventas no le hayan permitido alcanzar su punto de equilibrio.

Información detallada del producto

Objeto de la línea

  • Esta medida persigue financiar la salida al mercado de pymes que hayan desarrollado un proyecto innovador y se encuentren en una etapa de precomercialización.
  • Se entenderá que la empresa se encuentra en una etapa de precomercialización cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde su constitución y, a pesar de disponer de productos y/o servicios plenamente operativos comercialmente, sus ventas no le hayan permitido alcanzar su punto de equilibrio.

 

Beneficiarios de los préstamos

Pymes que revistan forma de sociedades mercantiles con personalidad jurídica, domiciliadas en Extremadura, con menos de cinco años de antigüedad.

Esta línea específica tiene como objeto financiar inversiones o gastos relacionados con el inicio a la salida al mercado, de empresas que hayan superado la fase de riesgo tecnológico y/o de producto.

La empresa por tanto deberá estar constituida en el momento de solicitar estos fondos, y ser la propietaria de los desarrollos o productos con los que se pretenda salir al mercado.
Destino de los fondos

Los fondos solicitados podrán destinarse tanto a la financiación de gastos, inversiones en activo fijo e inversiones en activo circulante, que se desarrollarán en un plazo no superior a un año.

En el caso de gastos y activo fijo se deberán aportar sus correspondientes presupuestos y para las necesidades de circulante será necesario justificar su razonabilidad en función de los objetivos de la compañía

Se exigirá justificar que las nuevas inversiones o gastos a realizar estén directamente relacionados con el inicio a la salida al mercado de la empresa que deberá estar plenamente operativa y haber superado la fase de riesgo tecnológico y/o de producto.

 

 

Condiciones de los Préstamos

  •  Modalidad: Préstamo participativo.
  • Importe: Entre 50.000 € – 150.000 € por solicitante, con posibilidad de desembolso por hitos, con el límite del 75% de financiación pública.
  • Duración de la operación:  hasta 84 meses.
  • Carencia de capital: hasta 12 meses.
  • Tipo interés: 1,50 % fijo+ 0,50% variable sobre el resultado del ejercicio. La aplicación conjunta de estos tipos de interés no superará el 2,50% sobre el saldo vivo al inicio de cada periodo.
    • Comisiones: Estudio-formalización: 0,50%
    • Cancelación anticipada: 2,50% (sólo aplicable en los casos de refinanciación bancaria)
  • Garantías:  Posibilidad de solicitar garantías que cubran, al menos, el 20%, de la financiación solicitada.
  • Cofinanciación:  Se exigirá una aportación por parte del equipo promotor de, al menos, el 25% de las necesidades de inversión.
  • Esta financiación está sujeta al Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión Europea relativo a las ayudas de minimis.
  • Plazo presentación de solicitudes: hasta agotamiento de los fondos.

Requisitos necesarios para la Solicitud

  • Justificar la necesidad de los fondos solicitados y su finalidad a través de un plan de viabilidad, que incluya proyecciones financieras a 5 años (PYG, Balance y Tesorería), del que se debe deducir la capacidad de pago de la empresa.
  • El solicitante debe contribuir al proyecto con una aportación dineraria de un 25% sobre el plan definido, pudiendo complementarse con financiación bancaria.
  • Las aportaciones de los socios deberán estar debidamente justificadas y no podrán reembolsarse durante el periodo de vigencia de los Fondos Jeremie.
  • Los proyectos no podrán pertenecer a los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas y no financiarán actividades puramente financieras ni promociones inmobiliarias cuando se realicen como una actividad de inversión financiera y no financiarán los créditos al consumo. Tampoco se podrán financiar por esta línea actividades que, pese a presentar un CNAE diferente a las actividades anteriores, se asimilen de facto a las anteriores.
  • Debe tratarse de empresas constituidas, registradas y en activo que operen en el mercado de manera efectiva. No se podrán crear sociedades ad hoc para ser beneficiarias de esta medida.
  • Se comprobará la finalidad de los fondos aportados a través del seguimiento y evolución de los parámetros básicos de los estados financieros futuros de la compañía, pudiendo exigirse el reembolso del préstamo a los promotores de manera personal si no se destinan los fondos al fin para el que han sido otorgados.
  • Se valorará positivamente la presencia en la financiación del proyecto de capital riesgo especializado en los sectores y/o tecnologías en los que se opere.
  • Las empresas beneficiarias de estas líneas de apoyo no pueden ser consideradas como empresas en dificultades o en crisis tal como se define en la legislación comunitaria sobre ayudas de estado.
  • No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones bancarias ni para cancelar deudas bancarias vencidas.
  • No deberá tener en mora cualquier otro préstamo o arrendamiento financiero concedido por las entidades financiera, ni figurar en ningún registro de morosidad.
  • Durante el periodo de amortización y reembolso de la ayuda concedida los destinatarios finales deberán desarrollar la actividad empresarial o profesional para la que la ayuda fue aprobada. No se podrá utilizar esta línea para financiar proyectos que no desarrolle el promotor principal.
  • El solicitante deberá estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social. Así mismo debe estar al corriente de sus obligaciones de pago con Extremadura Avante y sus sociedades filiales si hubiera alguna relación preexistente.

Tramitación

Las solicitudes de financiación deberán presentarse de manera telemática por medio del formulario que estará a disposición de los interesados en la web de Extremadura Avante, o bien en el Registro de Extremadura Avante, sito en la Avenida José Fernández López, nº 4 de Mérida (Badajoz).

Las solicitudes de apoyo financiero deberán facilitar información y, en su caso, documentación sobre los siguientes aspectos:

  1. Plan de negocio con proyecciones financieras a cinco años.
  2. Solicitud de financiación e identificación de garantías.
  3. Datos identificativos de la empresa y el equipo promotor
  4. Información económica y administrativa complementaria

Descargar memoria justificativa

Más información y contacto

Extremadura Avante
Tel. +34 924 002 900 / +34 924 319 159
Email. financiacion@extremaduraavante.es