Objeto
Seleccionar los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos subvencionables con las características establecidas en el artículo 2.1.b) – “Actuaciones financiables” de las Bases Reguladoras: “el desarrollo de ámbitos estratégicos de la I+D+i empresarial y el emprendimiento en el ámbito tecnológico. Entre otras actuaciones, se incluyen aquéllas que aborden el desarrollo y el emprendimiento tecnológico frente a retos de la sociedad, de forma que fomenten el desarrollo de los conocimientos y tecnologías necesarios para abordar y buscar soluciones a problemas complejos asociados a dichos retos, incorporando para ello la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en sentido amplio.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa del artículo 1 del Anexo I, y de los apartados 2 y 24 del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023.
Además, las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6.2 – “Beneficiarios” de las Bases Reguladoras y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
- Se realizará un primer pago anticipado obligatorio del 40% de la ayuda concedida, que tendrá la consideración de pago a cuenta y no deberá interpretarse como una conformidad previa a los trabajos realizados hasta ese momento, y requerirá de la constitución de garantías por el cien por cien del importe correspondiente a dicho pago.
- Los proyectos que se desarrollen en el marco de la presente Convocatoria estarán sujetos a la normativa española y europea sobre Inteligencia Artificial que sean de aplicación.
- Intensidad de las ayudas:
Tipo de proyecto | Intensidades de ayuda de los gastos subvencionables | ||
Pequeña Empresa | Mediana Empresa | Resto de Empresas | |
Desarrollo experimental | 45% | 35% | 25% |
Desarrollo experimental con amplia difusión de los resultados, según lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 20143 y modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 | 60% | 50% | 40% |
Desarrollo experimental y se desarrolla en una de las regiones menos desarrolladas o en la Comunidad Autónoma de Canarias, según lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 | 60% | 50% | 40% |
- Presupuesto de los proyectos: Mínimo: 400.000€. Máximo: 5.000.000€.
- Gastos subvencionables: Costes de personal; Costes indirectos: 15% de los costes directos de personal subvencionable del proyecto; Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones; Gastos asociados al informe de auditoría: no podrá exceder del 1,5% del total del presupuesto subvencionable correctamente justificado; Costes de instrumental y material: no podrá superar el 30% del coste del presupuesto subvencionable correctamente justificado; Costes de instrumental o material no inventariable.
Efecto incentivador:
La ayuda deberá tener un efecto incentivador. Se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador si, antes de que den comienzo las actividades necesarias para llevar a cabo las actuaciones o proyectos objeto de la ayuda, el beneficiario ha presentado su solicitud de ayuda.
Otros requisitos:
- Los proyectos subvencionables deberán consistir en proyectos de desarrollo experimental en los siguientes ámbitos tecnológicos: a. Tecnologías de inteligencia artificial, tales como computación de alto rendimiento, computación en la nube y periférica, tecnologías de análisis de datos, visión computarizada, procesamiento del lenguaje, aprendizaje automático, reconocimiento de objetos. b. Tecnologías avanzadas de conectividad, de navegación y digitales. c. Tecnologías de ciberseguridad y sistemas de seguridad. d. Internet de las cosas y realidad virtual. e. Tecnologías avanzadas de detección. Tecnologías espaciales. g. Robótica y sistemas autónomos. h. Tecnologías avanzadas de materiales y de fabricación.
- El solicitante deberá seleccionar en cada proyecto presentado el posible doble uso de la aplicación de los resultados previstos. Se entiende por «doble uso» en el contexto del apoyo a la I+D y al software y la tecnología que pueden destinarse a usos tanto civiles como militares.
- Los proyectos subvencionables deberán desarrollarse para su aplicación en cualquier sector productivo de aplicación excepto en actividades sanitarias.
- Cada solicitante podrá presentar a la presente Convocatoria como máximo 3 proyectos distintos. Se financiarán un máximo de dos proyectos por solicitante.
- Los proyectos presentados deben estar adscritos y ser realizados en una sola Comunidad Autónoma.
- Estas ayudas incompatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas para el mismo gasto subvencionable procedentes de cualquier Administración o entes públicos, tanto nacionales como de la Unión Europea.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Las solicitudes se presentarán a través del formulario habilitado en la sede electrónica de Red.es http://sede.red.gob.es. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizará el día 30 de septiembre de 2025 a las 12:00 horas.
Método de presentación:
Las solicitudes se presentarán a través del formulario habilitado en la sede electrónica de Red.es http://sede.red.gob.es
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública. Entidad Pública Empresarial Red.es.
Categorías
Más información:
Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es



