• Tipo de financiación

  • Ámbito

  • Participantes

  • Destinatario

  • Tipo de proyecto

  • Régimen de mínimis

  • Régimen de la convocatoria

PROGRAMA ATRAE 2026
Objeto

Facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación más competitivo a nivel nacional e internacional y, de esta forma, favorecer la circulación de conocimiento y personal investigador excelente, incorporándolo de manera estable, apoyando su carrera y estimulando la generación y consolidación de equipos de investigación de primer nivel.

Serán objeto de ayuda las actuaciones que faciliten la incorporación de manera estable de talento investigador consolidado, en los términos descritos en el artículo 1 de la Resolución de convocatoria. Las actividades financiables incluidas en las actuaciones, a realizar con carácter obligatorio, son:

  1. a) La ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la IP de la actuación.
  2. b) La contratación del/de la IP de la actuación.
Beneficiarios

Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  1. a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  2. b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  3. c) Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
  4. d) Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública, conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.

e) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.

Particularidades de la ayuda

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Conceptos financiables:

Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.

La financiación se aplicará a los conceptos de gasto de costes directos e indirectos:

  1. Costes directos:

-Costes de contratación del/de la IP.

-Costes de ejecución del proyecto de I+D+i:

  • Coste de personal. Gastos derivados de la contratación del resto del personal dedicado al proyecto
  • Costes de movilidad directamente vinculados con el proyecto.
  • Costes de inmovilizado material.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares
  • Costes de adquisición y/o amortización de activos inmateriales,
  • Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual generados en el proyecto y otros costes derivados del mantenimiento de los mismos.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.

Costes de estudios de viabilidad, de diseño detallado, de equipamiento, instrumentación científica avanzada, componentes de elevado contenido tecnológico o proyectos de construcción de infraestructuras para su posterior ubicación y operación en una instalación internacional o nacional.

  • Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación.

Costes de uso de bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos de investigación y bibliotecas técnicas relacionados con el proyecto.

  • Costes de computación relacionados con el proyecto.
  • Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios en materia de I+D+i, difusión, publicidad y patrocinio, internacionalización de las actividades científicas y técnicas y preparación de propuestas internacionales.
  • Costes de publicación y difusión de resultados del proyecto financiado
  • Costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos y seminarios u otras acciones.
  • Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares.
  • Costes de utilización de servicios centrales del organismo para actuaciones vinculadas con el proyecto.
  • Costes de utilización y acceso a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares
  • Costes de compensaciones a los sujetos experimentales que no estén vinculados laboralmente con la entidad beneficiaria cuando participen en la ejecución de las actuaciones objeto de subvención.
  • Informe de auditor.
  • Costes de establecimiento y/o mejora de instalaciones.
  1. Costes indirectos que se consideran como gastos generales asignados a la actuación, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa: Porcentaje fijo del 25 % sobre los gastos directo.

Criterios de valoración:

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal.

b) Novedad, calidad y viabilidad del proyecto

Otros requisitos:

Las actuaciones financiadas serán lideradas por una persona que actuará como IP (investigador principal) y que deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Resolución de convocatoria. Será necesaria la vinculación del/de la IP con la entidad solicitante, a través de una relación laboral, desde la fecha de inicio del periodo de ejecución de la actuación hasta su finalización o hasta la fecha previa a la de cobertura del puesto de trabajo de carácter permanente, si la cobertura se produce antes de la fecha de finalización del periodo de ejecución de la actuación

 

Presentación de solicitudes

Plazos:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 23 de abril y finalizará el día 4 de junio de 2026 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Agencia Estatal de Investigación. Subdirección de Procedimientos de Concesión de la Agencia Estatal de Investigación.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes:
Destinatarios:
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Concurrencia competitiva

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es