Características generales
Tipo de financiación |
Otras formas de financiación |
Número de participantes |
Individual |
Ámbito |
Nacional |
Destinatarios |
Autónomos Entidades Gran Empresa Micropyme PYME |
Umbral de ayuda |
No |
Tipología de proyecto |
Innovación Investigación básica Investigación y desarrollo |
Régimen de la convocatoria |
Directa |
Objeto | Mecanismo de financiación indirecta que permite minorar las cuotas a abonar en el Impuesto sobre Sociedades a través de un retorno de los gastos efectuados en un proyecto de l+D+i. Las deducciones fiscales I+D+i no son más que un ahorro de impuestos, concretamente en el impuesto de sociedades. Esto permite su aplicación con exactitud, ya que se pueden conocer en detalle los gastos incurridos en las actividades de I+D+i realizadas |
||||||||||||||||||||||||||||||||||
Beneficiarios | Contribuyentes del Impuesto de Sociedades que tengan su residencia en territorio español. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||
Duración |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
Presentación de solicitudes |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
Plazos | Se aplican una vez finalizado el ejercicio, en el mes de Julio del año siguiente si el ejercicio se ha finalizado normalmente, es decir el 31 de Diciembre | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Documentos de la convocatoria |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
Bases reguladoras | Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades">DESCARGAR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ficha resumen | DESCARGAR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Gastos subvencionables | Se genera deducción por las siguientes causas:
Las deducciones fiscales se aplican directamente sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, es decir sobre la cantidad a pagar, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la misma, es decir dejando a cero el impuesto. Si la deducción sobrepasa la cuota, incluso es posible, gracias a la Ley de Emprendedores aprobada en Septiembre de 2013, solicitar el abono a Hacienda por la parte restante. El único requisito obligatorio para ello es generar un soporte documental que explique la actividad de I+D+i realizada y que especifique los gastos deducibles asociados, con el fin de que quede disponible en caso de inspección fiscal. Debido al carácter subjetivo de la valoración acerca de si un proyecto es I+D, innovación o nada, la mayor parte de las empresas se decantan por la vía de despejar incertidumbres y recurrir a una calificación externa. Dicha calificación puede obtenerse de Entidades específicamente acreditadas por ENAC para este cometido, que a través de expertos en la temática en cuestión emiten certificaciones con la calificación del proyecto y los costes considerados como deducibles. Si lo que se pretende es obtener seguridad jurídica plena, la vía es solicitar Informes Vinculantes para Hacienda, siendo dos las opciones principales: – Informe Motivado Vinculante del Ministerio de Economía y Competitividad. – Informe Motivado del CDTI mediante financiación del proyecto por parte de este Organismo. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||
Órgano emisor |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||
Nombre | Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Observaciones | Cómo obtener un informe motivado Para obtener un Informe Motivado vinculante para Hacienda por parte del Ministerio de Economía y Competitividad es obligatorio adjuntar a la solicitud la certificación del proyecto calificándolo como I+D+i emitida por alguna de las Entidades Certificadoras acreditadas a tal efecto. Para ello, el proyecto habrá de documentarse suficientemente, a través de una memoria explicativa de lo realizado, con evidencias que lo demuestren, y memoria económica justificativa de los costes imputados.
Es evidente la importancia que tendrá la elaboración de una memoria explicativa donde quede bien plasmado y articulado todo lo realizado en las distintas actividades de I+D+i que ha ocupado el proyecto. La solicitud de Informe Motivado Vinculante se solicita a través de la aplicación MODIM del Ministerio. Para ello es necesario contar con certificado digital, darse de alta en el sistema de Entidades y en el Registro Unificado de Solicitantes. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||
Alcance de la ayuda |
|
Más información
Teléfono 900 70 9000