Objeto
Apoyo a proyectos de carácter aplicado, muy cercanos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo y cortos períodos de recuperación de la inversión, que consigan mejorar la competitividad de la empresa mediante la incorporación de tecnologías emergentes en el sector.
Beneficiarios
Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España.
Se considerarán a estos efectos como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas, esto es, que ofrezcan bienes y/o servicios en un determinado mercado (por ejemplo, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.)
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
- Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado (hasta al 85% si cofinancia FEDER).
- Sujeto a régimen de minimis y carácter incentivador
- Tipo de interés fijo con:
Amortización a 4 años: Euribor a un año +0,50%.
Amortización a 6 años: Euribor a un año +1%.
- Carencia: 1 año desde finalización del proyecto.
- Garantías: cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera
- Tramo no reembolsable en función del origen de fondos y disponibilidad y calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado:
Fondos CDTI: 4%
Fondos FEDER: 7%
- Los proyectos cofinanciados con Fondos Europeos deberán acreditar el cumplimiento del Principio DNSH.
- Anticipo:
35% de la ayuda hasta 400.000€ sin garantías adicionales.
50% de la ayuda hasta 600.000€ sin garantías adicionales, siempre que la partida de gasto previsto para la adquisición de activos fijos supere el 60% del presupuesto elegible del proyecto.
50% o 75% siempre que aporte avales de entidades de crédito o SGR.
- Recursos propios o financiación externa: al menos el 25% del presupuesto, cuando la aportación CDTI sea del 75% o del 15% cuando la aportación CDTI sea del 85%.
- Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
- Presupuesto mínimo elegible: 000 euros.
Duración del proyecto:
o Duración: de 9 meses a 24 meses.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
- Activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa.
- Costes de
- Materiales y consumibles.
- Contratación de servicios externos y subcontrataciones.
- Costes de auditoría del proyecto con un límite máximo de 2.000€.
- Gastos generales.
- Costes de la validación del cumplimiento del principio DNSH de entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 €.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Abierta todo el año.
Método de presentación:
La presentación de solicitudes, abierta todo el año, deberá realizarse en la sede electrónica de CDTI Innovación
https://sede.cdti.gob.es/
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidad. Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. www.cdti.es