Objeto
Financiación de proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación, a fin de avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.
Beneficiarios
Organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, los institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, otros centros de I+D+i públicos y privados sin ánimo de lucro.
Empresas y las asociaciones empresariales sectoriales.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
- Serán proyectos de desarrollo experimental en colaboración efectiva por varias entidades beneficiarias, entre las que habrá al menos una empresa y uno o varios organismos de investigación.
- Requisitos de los proyectos:
Presupuesto mínimo: 350.000€
Duración de 3 años
El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo
obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público.
El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una Empresa.
Participación mínima por entidad: 10% del presupuesto. Ninguna entidad podrá correr por si sola con más del 70 % del presupuesto total.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención o préstamo o una combinación de ellas.
Para las empresas del sector público, cualquiera que sea su tamaño, la intensidad de ayuda máxima será del 40 % y recibirán la ayuda en forma de subvención. La intensidad de ayuda máxima para los organismos de investigación podrá ser de hasta el 100 %.
- Organismos públicos de investigación:
- Adquisición de aparatos y equipos nuevos, siempre que se dediquen en exclusiva al proyecto y su vida útil se agote durante el periodo de ejecución.
- No serán financiables los costes del personal propio financiados con cargo al capítulo I “Gastos de Personal” del organismo o entidad, salvo que sean gastos derivados de contratos formalizados al amparo del artículo 23.bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, ni los de amortización de aparatos y equipos usados cuando estos hayan sido financiados con fondos públicos.
- Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, las publicaciones científicas resultantes, total o parcialmente, de la financiación otorgada al amparo de la presente convocatoria deberán estar disponibles en acceso abierto.
- Empresas Organismos públicos de investigación:
- los costes de personal propio y en el caso de aparatos y equipos, sólo serán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, tanto de los aparatos y equipos nuevos como usados.
Otros recogidos en el Art.9 de la Convocatoria.
Efecto incentivador:
La fecha de inicio del proyecto presentado no debe entenderse meramente como una fecha a partir de la cual se pueden imputar gastos, sino realmente como la fecha de comienzo de las actividades del proyecto
Criterios de valoración:
Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
- a) Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta.
- b) Capacidad científico-técnica y económica del consorcio.
- c) Impacto esperado de los resultados.
- d) Adecuación del presupuesto solicitado.
La descripción de los criterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 9 de enero y finalizará el día 30 de enero de 2026 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Método de presentación:
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Agencia Estatal de Investigación.
Categorías
Más información:
Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
