Objeto
Estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de los modelos de utilidad, el objetivo del presente programa es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las PYME y de las personas físicas.
Beneficiarios
Persona con residencia y domicilio fiscal en España que haya realizado directamente o a través de un representante la actividad objeto de la subvención cuya finalidad figura en el apartado décimo octavo de la presente convocatoria, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad en el extranjero, reúna alguno de los siguientes requisitos: a) Que sea una persona física. b) Que sea considerado PYME, según se establece en el punto 5 del apartado vigésimo de la presente convocatoria. c) Que sea una gran empresa privada. d) Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
- a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo octavo de la presente convocatoria, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos de concesión de patentes o de modelos de utilidad nacionales o regionales.
Serán subvencionables los trámites siguientes:
1.º La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.
2.º La validación de una patente europea.
3.º La búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.
4.º El examen de la solicitud de patente.
5.º La concesión de la patente.
6.º La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades
anteriores a la concesión ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
- b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo octavo y décimo noveno de la presente convocatoria. Serán subvencionables los siguientes trámites:
1.º La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de oficina receptora.
2.º La búsqueda Internacional (IBI) cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.
3.º El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
La subvención no podrá superar el 80 % de los importes señalados. En caso de que el solicitante sea considerado PYME o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90 % de dichos importes (en €):
El importe máximo individualizado de las subvenciones concedidas será de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes de esta convocatoria, salvo en el caso de las PYME o las personas físicas, cuyo importe máximo individualizado será de 65.000 euros.
Incompatibilidades:
<p>Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.</p>
Presentación de solicitudes
Plazos:
hasta el 16 de mayo de 2025
Método de presentación:
Vía electrónica.
Web:
https://sede.oepm.gob.es
Documentación
Otras modificaciones:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/05/06/pdfs/BOE-B-2025-16126.pdf
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio de Industria y Turismo. Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
Categorías
Más información:
Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es



