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Extremadura Avante
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PROGRAMA KIT DIGITAL
Objeto

Concesión de las ayudas para la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas, de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización en las siguientes categorías descritas en el anexo IV Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, servicios y herramienta de oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad.

Beneficiarios

Pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica en España.

Particularidades de la ayuda

Duración del proyecto:

a) El agente digitalizador cuenta con un plazo máximo de 3 meses en el que debe realizar la instalación y/o desarrollo de la solución y la emisión de la factura, previa conformidad del beneficiario. Este plazo comienza a contar desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.<br /> b) Para justificar la solución implantada son 6 meses, desde la fecha de validación del Agentes Digitalizadores Adheridos.<br /> c) Plazo máximo de 3 meses, tras la presentación de la justificación y su validación para que el Agente Digitalizador reciba el pago correspondiente de la ayuda.<br /> Podrán ser Agentes Digitalizadores Adheridos las empresas, que cumplan los requisitos y se adhieran al programa mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras. Los Agentes Digitalizadores Adheridos serán los que podrán prestar las soluciones de digitalización objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.<br />

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Características de la ayuda:

Si se cumple con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, se podrá disponer de un bono digital que permitirá acceder a las soluciones de digitalización, escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo de soluciones digitales.

Los bonos podrán financiar la sustitución de soluciones de digitalización ya existentes siempre que implique una mejora funcional.

Posibilidad de subvencionar hardware, cuando sea imprescindible para la prestación de la solución contratada.

Importe máximo del bono digital

Segmentos de beneficiarios                                                                                              Importe bono digital

Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados                                     12.000 €

Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados        6.000 €

Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados          2.000 €

Importe de la ayuda por categoría de soluciones digitales:

  • Sitio web y Presencia en Internet: Hasta 2.000€ (en el caso de que el beneficiario no disponga de un dominio previamente, se debe incluir el alta del dominio para el beneficiario durante un plazo mínimo de 12 meses, siendo el beneficiario el titular de dicho dominio y siempre que este no disponga de uno previamente al desarrollo de la solución. Incluye función multilingüe).
  • Comercio electrónico: Hasta 2.000€
  • Gestión de redes sociales: Hasta 2.500€
  • Gestión de clientes: Hasta 4.000€
  • BI y analítica: Hasta 4.000€
  • Servicios de oficina virtual: Hasta 12.000€
  • Gestión de procesos: Hasta 6.000€
  • Factura electrónica: Hasta 1.000€
  • Servicio y herramientas de Oficina Virtual: Hasta 250€/usuario
  • Comunicaciones seguras: Hasta 125€/dispositivo
  • Ciberseguridad: Hasta 125€/dispositivo
  • Presencia avanzada en internet: Hasta 2.000€
  • Marketplace: Hasta 2.000€

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierto hasta 31 de diciembre de 2024

Método de presentación:

La solicitud se realizará mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica que se determine en cada convocatoria (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme), https://acelerapyme.gob.es/user/login
Cl@ve PIN y Cl@ve permanente serán medios de firma electrónica válidos para la formalización de los Acuerdos y su justificación. Asimismo, las empresas podrán formalizar sus acuerdos de digitalización a través de sus gestores administrativos.

Web:

https://acelerapyme.gob.es/user/login.

Documentación

Otras modificaciones:

https://www.boe.es/boe/dias/2022/07/29/pdfs/BOE-A-2022-12734.pdf

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Red.es

Observaciones:

Agentes Digitalizadores Adheridos.
Podrán ser Agentes Digitalizadores Adheridos las empresas, que cumplan los siguientes requisitos y se adhieran al programa mediante el procedimiento establecido en el apartado 6. Los Agentes Digitalizadores Adheridos serán los que podrán prestar las soluciones de digitalización objeto de subvención cuyas referencias estén disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, según se regula en el artículo 12.

Principio de no causar daño significativo
El beneficiario y el Agente Digitalizador Adherido garantizarán el pleno cumplimiento del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm –DNSH–), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España actuará en nombre del órgano concedente, como entidad colaboradora a los efectos del artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el seguimiento y en la comprobación de las ayudas concedidas en el marco del Programa Kit Digital

El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Agenda España Digital 2025, y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

 

Categorías

Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Autónomos | Micropyme | PYME
Tipo de proyecto: Transformación Digital
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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