Extremadura Avante
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FONDO DE APOYO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL PRODUCTIVA (FAIIP)
Objeto

Financiar actuaciones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo, la competitividad y las capacidades industriales de empresas del sector industrial, independientemente de su tamaño.

Beneficiarios

Sociedades mercantiles privadas y cooperativas que desarrollan o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

a) Creación de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva.
b) Traslado de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al cambio de localización de una actividad productiva previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
c) Actuaciones en establecimientos existentes los proyectos orientados a:
i. la ampliación de la capacidad,
ii. la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él.
iii. una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento y iv. la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que hubiera cerrado si no hubiera sido adquirido.

Los proyectos han de estar ubicados en el territorio nacional, siendo financiables tanto las partidas del proyecto que se hayan ejecutado desde 9 meses antes a la Fecha de Solicitud, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la financiación del FAIIP.

 

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

• Obra Civil: Inversiones en urbanización y canalización de servicios de la instalación industrial.
• Edificación e Instalaciones: Inversiones para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de edificaciones industriales, así como de sus instalaciones.
• Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos directamente vinculados a la producción o al proceso productivo.
• Software específico vinculado al proceso productivo.
• Patentes, licencias, marcas y similares directamente vinculadas al proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
• Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
• Ingeniería civil del proyecto.
• Ingeniería y otras colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
• Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación.
• Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
• Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.
• Gastos relativos al arrendamiento de aparatos y equipos de producción.

Cuantía de la financiación: entre 200.000€ y 60 millones de euros sin perjuicio de otros límites máximos de aplicación, detallados en el “Manual del FAIIP”.
El importe financiable es de hasta el 75% del presupuesto financiable del proyecto, siempre y cuando las inversiones en aparatos y equipos de producción y software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del mismo.
La percepción de apoyo financiero del FAIIP es compatible con cualquier otra financiación, pública o privada.
La financiación pública destinada a conceptos del presupuesto financiable no puede exceder del 75% sobre el total del presupuesto financiable.
El importe de la financiación del FAIIP, estará limitado a que el riesgo vivo de la empresa con el Fondo, ajustado en el importe cubierto por garantías ejecutables a primer requerimiento, sea como máximo de 5 veces los fondos propios acreditables del Solicitante. En el caso de empresas que forman parte de un grupo con obligación de
consolidar, esta regla se hace extensiva a importes consolidados de grupo. En el caso de nuevas empresas este límite de reduce a 2,5 los fondos propios acreditables del Solicitante.
Las condiciones de financiación vigentes en primer trimestre de 2026 pueden consultarse en:
https://sepides.es/wp-content/uploads/2026/01/FORMULAS-DE-FINANCIACION-Y-CONDICIONES__ENERO-MARZO-2026.pdf

 

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierta hasta agotar presupuesto.

Método de presentación:

A través de la plataforma de solicitud de financiación.
https://sepides.es/solicitud-financiacion-faiip/

Web:

https://sepides.es/solicitud-financiacion-faiip/

Documentación

Otras modificaciones:

https://sepides.es/wp-content/uploads/2025/10/20251008_Manual_Gestion_y_Analisis-FAIIP.pdf

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. SEPI Desarrollo Empresarial, S.A., S.M.E.(SEPIDE).

Categorías

Ámbito: Nacional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Empresas
Tipo de proyecto:
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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