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SUBVENCIONES PARA EL IMPULSO DE EMPLEO AUTÓNOMO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. LÍNEAS I, III Y IV
Objeto

Línea I: Mantenimiento ininterrumpido de la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o en una mutualidad alternativa de un colegio profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante un período de tres años.

Línea III: Ayuda para el pago de la cuota de la Seguridad Social a las personas beneficiarias de las ayudas deI Programa I, previstas en el Decreto 39/2024, de 30 de abril y beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, respecto a aquellas personas trabajadoras por cuenta propia cuyos rendimientos económicos netos anuales, en los términos del artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese periodo.

Línea IV: Tener derecho a la jubilación activa recogida en el Real Decreto- Ley 11/2024, de 23 de diciembre y haber optado por ella, así como el mantenimiento de la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Beneficiarios

Línea I: personas físicas en situación de alta ininterrumpida durante tres años en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una Mutualidad alternativa, con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2023, que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, o en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.

Línea III: personas físicas beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de junio, del Estatuto del trabajo autónomo, en situación de alta desde el 15 de febrero de 2024, cuyos rendimientos económicos netos sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual, que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.

Línea IV: personas trabajadoras autónomas, mayores de 65 años, que se hayan acogido a la jubilación activa regulada en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, modificado por el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Actuaciones Subvencionables:

Línea I. “Impulso del empleo autónomo (3+1)”: Ayudas para personas trabajadoras que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, o en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el mantenimiento del alta ininterrumpida durante tres años en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una Mutualidad alternativa, con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2023.

Línea III. “Impulso. Tarifa Cero SMI”: Ayudas para personas trabajadoras que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 39/2024, y beneficiarias de la cuota reducida de la Seguridad Social de las

personas trabajadoras por cuenta propia regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, en situación de alta desde el 15 de febrero de 2024, cuyos rendimientos económicos netos sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual.

Línea IV. “Impulso. Tarifa Quédate”: Ayudas para personas trabajadoras autónomas mayores de 65 años que se hayan acogido a la jubilación activa recogida en el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre.

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Cuantía de la ayuda:

Línea I: 2.500€. Si ejerce actividad en localidad de menos de 300 habitantes, la cuantía es 3.000€.

Línea III: 960,00€.

Línea IV: 2.000,00€.

Otros requisitos:

Línea I:

  • Las personas físicas solicitantes deben haber sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, o en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.
  • Las personas trabajadoras autónomas deben haber cotizado ininterrumpidamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una Mutualidad alternativa de un colegio profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante un mínimo de tres años con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2023.

Línea III:

  • Las personas físicas solicitantes deben haber sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.
  • Las personas físicas solicitantes deben haber sido beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, en los términos del artículo 308.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para trabajadores autónomos cuyos rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese periodo.
  • Las personas trabajadoras autónomas deben haber cotizado ininterrumpidamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) con fecha de alta a partir del 15 de febrero de 2024.
  • Las personas físicas solicitantes deben tener rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese período.

Presentación de solicitudes

Plazos:

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 meses, contados a partir del día 21 de enero de 2026.

Método de presentación:

Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Servicio Extremeño Público de Empleo. Dirección General del Empleo. Servicio de Economía Social y Autoempleo.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Destinatarios:
Tipo de proyecto:
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

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