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PROGRAMA DE INCENTIVOS LIGADOS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA (MOVES III)
Objeto

Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura.

Beneficiarios

Personas físicas que desarrollen actividades económicas. Personas físicas. Comunidades de propietarios. Personas jurídicas. Municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del Estado que realicen su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura.

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

Programa de incentivos 1. Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos.

Si el beneficiario es persona física que desarrolle actividad económica; persona física; o municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del Estado que realicen su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura y no tenga actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado

Programa Incentivo 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Límite de ayuda por expediente: 800.000€, excepto: beneficiarios acogidos al régimen de minimis; beneficiarios personas físicas, con límite de 5.000€.

Límite ayuda por solicitante: 2,5 M€

Límite ayuda a una empresa: no podrá exceder del 40 % del presupuesto total de la convocatoria.

Límite de ayuda para personas físicas que desarrollen actividades económicas, personas físicas, comunidades de propietarios y municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes público, este último siempre que no realice actividad económica, para instalación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, así como para actuaciones de preinstalación de recarga en comunidades de propietarios: 70% del coste

subvencionable, siempre que no se superen los límites del párrafo anterior. Podrá alcanzar el 80% del coste subvencionable para aquellas actuaciones que justifiquen encontrarse en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Para los solicitantes personas jurídicas y municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes público con actividad económica, cuando la infraestructura de recarga sea de uso privado o de acceso público, pero con potencia por punto de recarga inferior a 50 kW, la ayuda a otorgar será de un 20 % de los costes subvencionables que podrá incrementarse en 10 puntos en el caso de ayudas concedidas a medianas y pequeñas empresas. Para el caso de pequeñas y medianas empresas, la ayuda podrá incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de inversiones situadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.

En el caso de que una Pyme elija acoger su solicitud al régimen de minimis, la ayuda a otorgar para los casos de inversiones en infraestructura de recarga de acceso público y potencia ≥ 50 kW será de un 45 % de los costes subvencionables para medianas empresas, y de un 55 % para pequeñas empresas. Estos porcentajes podrán incrementarse en 5 puntos porcentuales en el caso de inversiones situadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierta desde el 23/09 al 31/12 de 2025

Método de presentación:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria, sin perjuicio de la validez de las solicitudes presentadas entre el 1 de enero de 2025 y el 2 de abril de 2025, y concluirá el 31 de diciembre de 2025, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es dentro de la ficha correspondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/6033.

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Tipo de proyecto:
Régimen de mínimis: Mínimis
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

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