Objeto
Ayudas para la financiación de inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Que vaya dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.
- Sean equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.
- Que se traten de inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa.
- Que sean equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.
Beneficiarios
Empresas de cualquier forma jurídica, incluido personas trabajadoras autónomas, que tengan centro productivo en Extremadura y que no cuenten con personal asalariado a su cargo o bien que dispongan de una plantilla media que no sea superior a tres personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, en todos los códigos de cotización que posea, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de solicitud.
También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
Inversión subvenionable:
Inversiones en adquisición de bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos y/o funcionalidades:
- Maquinaria dirigida a la producción y transformación del producto manufacturado.
- Equipamientos orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.
- Inversiones dirigidas a mejorar la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos de la empresa. Equipamientos que presenten un marcado componente tecnológico e innovador. gastos de transporte, instalación, montaje y formación en el uso relativos a las inversiones proyectadas, siempre que la empresa justifique adecuadamente su necesidad dada las especiales características del proyecto y que en ningún caso supere el 20% del coste total del mismo.
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Cuantía:
Importe máximo de la inversión proyectada: no podrá ser superior a 25.000 euros (IVA excluido).
Subvención a fondo perdido: hasta el 50% de la inversión subvencionable.
EL porcentaje mínimo de subvención a conceder a un proyecto subvencionable será del 40%, que puede ser incrementado conforme a lo siguiente:
- 5 puntos si la actividad principal de la empresa solicitante y a la cual va destinada la inversión proyectada corresponde a la sección C de la clasificación CNAE, correspondiente a la industria transformadora.
- 5 puntos si el centro de trabajo en el que se va a realizar la inversión está ubicado en un Municipio o Entidad Local Menor con una población inferior a 5.000 habitantes.
Presentación de solicitudes
Plazos:
El plazo de presentación es de cuatro meses a computar desde el día 23 de enero de 2026.
Método de presentación:
La presentación de las solicitudes se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo https://www.juntaex.es/w/0684424.
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Dirección General de Empresa. Servicio de Promoción Empresarial.
Categorías
Más información:
Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
