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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una orden que recoge las bases reguladoras de nuevas ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la Covid-19 a través del apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de Extremadura.

La convocatoria urgente de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital se hará efectiva una vez la apruebe el Consejo de Gobierno y el plazo de solicitudes se abrirá tras su publicación en el DOE. Se gestionará desde la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, a través del Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial.

El objetivo de esta nueva orden es luchar contra los efectos del contagio provocados por el virus SARS-CoV-2, y la oferta de la convocatoria contemplará dos modalidades de ayuda, modalidad I. Ayudas a la investigación y desarrollo (I+D) para la contención de la Covid-19 y modalidad II.Ayudas a la inversión para la fabricación de productos para la contención de la Covid-19, incluidas las infraestructuras de ensayo y ampliación de escala.

En concreto, las ayudas de la modalidad I financiarán proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental con impacto directo sobre la enfermedad o el virus que la produce, ya sea para el conocimiento o desarrollo de vacunas, medicamentos, tratamientos eficaces, o propiedades del virus que puedan favorecer otras investigaciones.

En cuanto a la modalidad II, se subvencionarán inversiones destinadas a la contención sanitaria de la pandemia para la fabricación de medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas necesarias para su producción; de productos sanitarios; equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción; de los desinfectantes y sus productos intermedios; así como de las materias primas químicas necesarias para su producción; y de las herramientas de recogida/tratamiento de datos.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas, cuyos proyectos vayan a ser ejecutados en Extremadura, de acuerdo con la definición regulada en esta orden y los requisitos establecidos en la misma.
El importe mínimo de la inversión proyectada para la modalidad I será de 30.000 euros y el máximo de inversión subvencionable será de 350.000 euros, con una duración máxima de 24 meses de ejecución desde la notificación de la resolución de concesión.

En el caso de la modalidad II, el importe mínimo de la inversión proyectada será de 30.000 euros y el máximo subvencionable será de 750.000 euros, con una duración máxima de realización de 6 meses. En ambos casos quedará excluido el importe del Impuesto de Valor Añadido (IVA). La convocatoria estará cofinanciada al 80% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura, correspondiente al periodo 2014-2020.

Esta actuación está conectada con las áreas prioritarias de interés de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura (RIS3 Extremadura, 2014-2020) y del actual VI Plan Regional de I+D+i, 2017-2020, en el marco de ejecución de las políticas estratégicas que en este ámbito desarrolla la Junta de Extremadura.

Fuente: juntaex.es

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