FONDO DE GARANTÍA

Si tienes una idea y necesitas garantía para tu financiación, te ayudamos a su puesta en marcha

Importe máximo​

50.000 €​

Garantías para emprendedores y micropymes que quieran acceder a financiación bancaria para proyectos de inversión.

Amortización hasta

96

meses​

Carencia hasta

12

meses

Tipo de interés según entidad.

Máx. EURIBOR +2%, apertura 0,75%

Microcrédito inversión +

Emprendedores y micropymes que quieran acceder a financiación bancaria para proyectos de inversión, que hayan iniciado actividad empresarial o constituido la sociedad, como máximo 5 años antes de la fecha de solicitud del microcrédito.

Información detallada del producto

El Acuerdo Operativo firmado el 5 de abril de 2019, entre Extremadura Avante y Entidad bancaria correspondiente, sirvió para poner en marcha el producto financiero de garantía de cartera sobre Microcréditos, en el marco del Fondo de Garantía Jeremie Extremadura 2, propiedad de la Junta de Extremadura y gestionado por Extremadura Avante. En mayo de 2023 se modificaron algunas características del producto para hacerlo más competitivo.

Los microcréditos tienen por objeto facilitar el acceso de los emprendedores y micropymes en la financiación bancaria para financiar inversiones en activos tangible e intangibles, pudiendo además incorporar partidas de activo circulante, mediante el otorgamiento de una garantía pública a la cartera de préstamos realizados por Entidad bancaria correspondiente.

Dónde solicitar

  • En la Red Oficinas Entidad bancaria correspondiente.

Características

  • Importe máximo: hasta 50.000 euros por proyecto y destinatario
  • SIN GARANTÍAS ADICIONALES
  • Condiciones financieras a determinar por Entidad bancaria correspondiente
  • Duración de la operación: entre 24 y 96 meses, pudiendo incluir el periodo de carencia, que será como máximo de 12 meses.
  • Plazo presentación de solicitudes: hasta diciembre de 2026

Beneficiarios

  • Emprendedores (persona física, desempleadas o no) que pretenden desarrollar una nueva actividad empresarial o profesional en Extremadura, bajo cualquier forma jurídica.
  • Micropymes, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los autónomos,(1) comunidades de bienes, entidades sin personalidad jurídica y sociedades civiles, que hayan iniciado actividad empresarial o constituido la sociedad, como máximo 5 años antes de la fecha de solicitud del microcrédito, para proyectos de expansión y crecimiento empresarial.
  • Los microcréditos se destinarán a financiar inversiones en activos tangibles e intangibles, pudiendo además incorporar partidas de activo circulante.
  • Los proyectos no podrán pertenecer a los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas. (2)

Las empresas y empresarios que quieran optar a este tipo de ayudas deberán acreditar que: (*).

Su volumen de negocios anual previo no supera quinientos mil euros ni cuentan con más de 10 empleados.
Su nivel de activo total no superará los 500.000€, en el caso de sociedades.
No cuentan con financiación bancaria que, por operación, supere el importe solicitado.

Requisitos de los destinatarios finales

  • No deberá ser una empresa en dificultades o en crisis tal como se define en las normas sobre ayudas estatales (3).

No deberá tener en mora cualquier otro préstamo o arrendamiento financiero concedido por el intermediario financiero o por otra institución financiera con arreglo a los controles efectuados de conformidad con las directrices internas del intermediario financiero y la política crediticia habitual.

  • Además, en el momento del desarrollo del proyecto y durante el reembolso del microcrédito garantizado, los destinatarios finales deberán desarrollar la actividad empresarial o profesional para la que desembolsó el microcrédito garantizado en Extremadura.

Criterios que deben cumplir los microcréditos

  • Los nuevos microcréditos no podrán refinanciar otros préstamos o cualquier otro tipo de deudas existentes.
  • Los microcréditos están acogidos a la normativa de ayudas de Estado y en concreto al reglamento de minimis.
  • Los destinatarios finales no podrán ser beneficiarios de más de un microcrédito garantizado en un periodo de 5 años ni tener otro microcrédito pendiente de amortización vinculado a este producto financiero.
  • Los microcréditos deberán proporcionar financiación en euros para los fines permitidos.
  • Los microcréditos no podrán adoptar la forma de préstamos de entresuelo, deuda subordinada o cuasi capital. Tampoco podrán adoptar la forma de líneas de crédito rotatorias.
  • Los microcréditos no financiarán actividades puramente financieras ni promociones inmobiliarias cuando se realicen como una actividad de inversión financiera y no financiarán los créditos al consumo.

 

  1. Conforme a la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
  2. Excepciones referidas en el Reglamento UE nº 2831/2023 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023.
  3. Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis

* En relación con este último punto conviene tener en cuenta las siguientes consideraciones:

En el caso de empresarios individuales deberá separarse la actividad profesional de la actividad personal, es decir no se tendrá en cuenta para el cumplimiento de este condicionante las operaciones de financiación que el empresario haya obtenido a título particular como por ejemplo la compra de su vivienda habitual, su vehículo familiar, etc.

Tampoco se considerará incumplida esta condición  si para la obtención de la financiación el empresario ha requerido de algún tipo de garantía u aval adicional a su garantía personal (hipoteca sobre los bienes productivos de la empresa, etc.)

Finalmente, se excluyen de esta condición aquellos préstamos que el empresario haya conseguido al amparo de algún tipo de consorcio u asociación en la que la participación de otras entidades haya sido determinante para su concesión.

Dónde solicitar

 

Más información

Extremadura Avante
Tel. +34 924 002 900 / +34 924 319 159
Email. jeremie@extremaduraavante.es