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Extremadura Avante
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AYUDAS A PROYECTOS SINGULARES DE INSTALACIONES DE BIOGÁS
Objeto

Financiar proyectos singulares de instalaciones de biogás, que contemplen la realización de una o varias de las actuaciones siguientes:

  • Instalaciones de producción de biogas mediante digestión anaerobia
  • Instalaciones para producción de calor, generación de energía eléctrica, cogeneración o producción de biometano.

Instalaciones para tratamiento del digerido para su aprovechamiento agrícola.

Beneficiarios

Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, no contemplándose como beneficiaria la Administración General del Estado.

Programa de incentivos 1: está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia

Programa de incentivos 2: dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entidades u organizaciones del tercer sector (entidades sin ánimo de lucro).

Particularidades de la ayuda

Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:

En ningún caso las ayudas concedidas a una misma empresa y proyecto podrán ser iguales o mayores a 15 M€.

Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65% en el caso de producir biometano para uso en transporte a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100%, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto singular subvencionable, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar el límite de ayuda por beneficiario que se establezca en la convocatoria correspondiente.

Porcentajes de ayudas adicionales acumulables:

.- Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%.

.- Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:

Mediana empresa: 10%.

Pequeña empresa: 20%.

La ayuda total otorgada será la suma de las correspondientes a los apartados a), b) y c) afectada por un coeficiente de reducción indicado por el solicitante.

La convocatoria definirá el método a aplicar para el cálculo de las ayudas

Duración del proyecto:

Los beneficiarios/as deberán llevar a cabo las actuaciones previstas en los plazos que se indiquen en las convocatorias, y como máximo el 15 de diciembre de 2025

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

Con carácter general, tendrán la consideración de costes elegibles aquellos gastos que satisfagan lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 83 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Podrán subcontratarse, hasta el 100%,- artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre- las actuaciones objeto de las ayudas respetando los requisitos y prohibiciones establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el artículo 68 de su reglamento de desarrollo.

Efecto incentivador:

Características de la ayuda: Carácter Incentivador

Incompatibilidades:

<p>Compatible con otras ayudas que no tengan origen europeo y cumplan las normativas nacionales y europeas de ayudas</p>

Criterios de valoración:

Se ha de respetar el principio de no causar un daño significativo al medioambiente- DNSH, y se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:

  • Criterio económico: se valorará la reducción del importe de la ayuda solicitada.
  • Criterio tecnológico: puntuará en función de las tipologías y tipos de aplicación.
  • Externalidades: entre otras, el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, comunidades de energías renovables, entidades públicas o pymes, así como el impacto social y de género.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Del 12 de septiembre al 14 de octubre de 2022

Método de presentación:

Telemática
Web: sede del IDEA https://sede.idae.gob.es

Web:

https://sede.idae.gob.es

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía-IDAE

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Nacional
Número de participantes: Consorciado | Individual
Destinatarios: Autónomos | PYME
Régimen de mínimis:
Régimen de la convocatoria: Concurrencia competitiva

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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