Objeto
Financiar proyectos singulares de instalaciones de biogás, que contemplen la realización de una o varias de las actuaciones siguientes:
- Instalaciones de producción de biogas mediante digestión anaerobia
- Instalaciones para producción de calor, generación de energía eléctrica, cogeneración o producción de biometano.
Instalaciones para tratamiento del digerido para su aprovechamiento agrícola.
Beneficiarios
Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, no contemplándose como beneficiaria la Administración General del Estado.
Programa de incentivos 1: está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia
Programa de incentivos 2: dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entidades u organizaciones del tercer sector (entidades sin ánimo de lucro).
Particularidades de la ayuda
Proyectos / Modalidades / Inversión subvencionable:
En ningún caso las ayudas concedidas a una misma empresa y proyecto podrán ser iguales o mayores a 15 M€.
Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65% en el caso de producir biometano para uso en transporte a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100%, de acuerdo con lo establecido el Anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Un mismo solicitante podrá presentar más de un proyecto singular subvencionable, aunque la ayuda a otorgar no podrá superar el límite de ayuda por beneficiario que se establezca en la convocatoria correspondiente.
Porcentajes de ayudas adicionales acumulables:
.- Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%.
.- Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:
Mediana empresa: 10%.
Pequeña empresa: 20%.
La ayuda total otorgada será la suma de las correspondientes a los apartados a), b) y c) afectada por un coeficiente de reducción indicado por el solicitante.
La convocatoria definirá el método a aplicar para el cálculo de las ayudas
Duración del proyecto:
Los beneficiarios/as deberán llevar a cabo las actuaciones previstas en los plazos que se indiquen en las convocatorias, y como máximo el 15 de diciembre de 2025
Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:
Con carácter general, tendrán la consideración de costes elegibles aquellos gastos que satisfagan lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 83 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Podrán subcontratarse, hasta el 100%,- artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre- las actuaciones objeto de las ayudas respetando los requisitos y prohibiciones establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el artículo 68 de su reglamento de desarrollo.
Efecto incentivador:
Características de la ayuda: Carácter Incentivador
Incompatibilidades:
<p>Compatible con otras ayudas que no tengan origen europeo y cumplan las normativas nacionales y europeas de ayudas</p>
Criterios de valoración:
Se ha de respetar el principio de no causar un daño significativo al medioambiente- DNSH, y se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
- Criterio económico: se valorará la reducción del importe de la ayuda solicitada.
- Criterio tecnológico: puntuará en función de las tipologías y tipos de aplicación.
- Externalidades: entre otras, el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, comunidades de energías renovables, entidades públicas o pymes, así como el impacto social y de género.
Presentación de solicitudes
Plazos:
Del 12 de septiembre al 14 de octubre de 2022
Método de presentación:
Telemática
Web: sede del IDEA https://sede.idae.gob.es
Web:
https://sede.idae.gob.es
Documentación
Órgano emisor/instructor
Órgano emisor:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía-IDAE
Categorías
Más información:
Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es



