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INCENTIVOS AUTONÓMICOS A LA INVERSIÓN EMPRESARIAL. DECRETO 185/2017
Objeto

Subvención a fondo perdido para empresas que realicen inversiones en Extremadura, con la finalidad de apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes, favoreciendo los proyectos de ampliación, modernización y traslado.

Beneficiarios

Las empresas, y en especial, las Pymes, que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables.

Para ser beneficiarias las empresas deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación y Sociedades Civiles con personalidad jurídica.
Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público y, con la excepción de las empresas de inserción laboral, las que tengan por actividad la gestión de un servicio público.

Particularidades de la ayuda

Gastos subvencionables / Alcance / Intensidad de la ayuda:

  • • Terrenos e inmuebles
    • Obra civil
    • Bienes de equipo y mantenimiento
    • Otros gastos subvencionables:
    − Programas informáticos necesarios para el desarrollo de la actividad.
    − Trabajos de ingeniería de proyectos y de dirección facultativa relativos a la obtención de los permisos y a la legalización de las obras.
    • Exclusivamente en la modalidad de industria 4.0 se podrá subvencionar:
    − El coste del proyecto o análisis realizado por las empresas exigido para poder optar a dicha modalidad. El importe máximo admitido en este concepto no podrá superar el 35 % del proyecto subvencionable.
    − Gastos de la consultoría externa especializada que vaya a desarrollar e implantar los proyectos.
    − Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con aplicaciones de gestión del sistema productivo, logístico o comercial, plataformas colaborativas, soluciones de inteligencia y control (big data y analytics), tecnologías de comunicación, computación y cloud, ciberseguridad.
    − Inversiones en hardware, comunicaciones para la conectividad de sistemas, sensorización, robótica, realidad aumentada, visión artificial, diseño y fabricación aditiva, sistemas embebidos, automatización avanzada, así como adquisición de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas.

Presentación de solicitudes

Método de presentación:

Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial, una vez habilitados los medios necesarios, a través de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura. Caso de que no estén habilitados los medios necesarios, la solicitud deberá presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Junta de Extremadura. Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Dirección General de Empresa.

Observaciones:

MODALIDADES DE LA AYUDA:

  • Subvenciones por actividad. Será aquella que pueda recibir una empresa teniendo en cuenta el sector de actividad en el que esté operando o vaya a operar.
  • Subvenciones por relevo generacional. Será aquella que pueda recibir una empresa que suponga la continuación de un establecimiento que de otra forma hubiese cerrado siempre que el motivo de ese cierre sea la jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
  • Subvenciones para la transformación y adaptación a la industria 4.0. Será aquella que pueda recibir una empresa industrial productiva que vaya a implementar proyectos que promuevan su transformación digital y conlleven la introducción efectiva en sus sistemas de tecnologías digitales, de comunicaciones, tratamiento de datos, de inteligencia, análisis y de gestión.

Estas tres modalidades son incompatibles entre sí. No se podrá solicitar subvención por dos modalidades distintas cuando se refieran a una misma partida de gasto.

Categorías

Tipo de ayuda: Subvención
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Micropyme | PYME
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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