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Extremadura Avante
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  • Tipo de proyecto

  • Régimen de mínimis

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AVANTE PRÉSTAMO ORDINARIO
Objeto

Financiación de proyectos empresariales ubicados en Extremadura o que aporten valor añadido en la región, promovidos por empresarios solventes y con capacidad de gestión demostrada, que sean económicamente viables y generen empleo.

Beneficiarios

Empresas  de todos los sectores de la economía regional a excepción del sector inmobiliario, financiero y empresas cotizadas, con actuaciones que generen beneficios económicos o sociales en nuestra comunidad.

Por empresa se entiende dentro de esta línea: sociedades mercantiles, incluidas las sociedades cooperativas, los empresarios individuales y cualquier otro operador económico que participe en el mercado ofreciendo bienes o prestando servicios.

Particularidades de la ayuda

Otros requisitos:

  • No podrán ser objeto del apoyo de Extremadura Avante aquellas sociedades que tengan deudas pendientes con las distintas administraciones (AEAT, Seguridad Social, etc.), así como aquellas que tengan apuntes en registros como RAI, ASNEFF, etc.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común.
  • Tampoco podrán estar sujetos a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común, ni haber sido sancionado durante el año anterior a la solicitud, en resolución firme por la Comisión, de una infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8.8.2000).
  • Para solicitar estos fondos los promotores deberán presentar un plan de negocio que recoja las proyecciones futuras del proyecto y verifique su viabilidad.
  • Los fondos deben destinarse al desarrollo de un proyecto de inversión no pudiendo destinarse a cancelar o refinanciar cualquier tipo de deuda, estando destinados a complementar los fondos captados por los promotores privados.
  • La empresa beneficiaria no debe tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición incluida en las directrices comunitarias sobre ayudas de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DOUE 2014/C 249/01, de 31.7.2014).
  • Se deberá acreditar la obtención de una evaluación de impacto ambiental o un plan ambiental, en caso de que el proyecto o la empresa lo requiera.
  • Se exige una coinversión mayoritariamente privada, no pudiendo ser Extremadura Avante el máximo financiador del proyecto.
  • El solicitante debe comprometerse a mantener la inversión durante al menos tres años y que la misma tenga un impacto directo en la generación de beneficios económicos y sociales en Extremadura.

Presentación de solicitudes

Plazos:

Abierta todo el año

Método de presentación:

La presentación de solicitudes, abierta todo el año, deberá realizarse en la Sede electrónica de Extremadura Avante.
https://www.extremaduraavante.es/project/avante-financiacion/#tramitacion

Web:

https://www.extremaduraavante.es/project/avante-financiacion/#tramitacion

Documentación

Órgano emisor/instructor

Órgano emisor:

Extremadura Avante S.L.U

Observaciones:

Características del préstamo

Duración de los préstamos: entre 3 y 7 años

El tipo del interés a aplicar se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario y de las garantías afectadas a la operación.

Garantía requerida: Su análisis y valoración se basará en criterios relacionados con el nivel de riesgo de la operación, el grado de cobertura de dichas garantías sobre la financiación solicitada, su valor y su eficacia.

REQUISITOS

  • No podrán ser objeto del apoyo de Extremadura Avante aquellas sociedades que tengan deudas pendientes con las distintas administraciones (AEAT, Seguridad Social, etc.), así como aquellas que tengan apuntes en registros como RAI, ASNEFF, etc.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común.
  • Tampoco podrán estar sujetos a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común, ni haber sido sancionado durante el año anterior a la solicitud, en resolución firme por la Comisión, de una infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8.8.2000).
  • Para solicitar estos fondos los promotores deberán presentar un plan de negocio que recoja las proyecciones futuras del proyecto y verifique su viabilidad.
  • Los fondos deben destinarse al desarrollo de un proyecto de inversión no pudiendo destinarse a cancelar o refinanciar cualquier tipo de deuda, estando destinados a complementar los fondos captados por los promotores privados.
  • La empresa beneficiaria no debe tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición incluida en las directrices comunitarias sobre ayudas de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DOUE 2014/C 249/01, de 31.7.2014).
  • Se deberá acreditar la obtención de una evaluación de impacto ambiental o un plan ambiental, en caso de que el proyecto o la empresa lo requiera.
  • Se exige una coinversión mayoritariamente privada, no pudiendo ser Extremadura Avante el máximo financiador del proyecto.
  • El solicitante debe comprometerse a mantener la inversión durante al menos tres años y que la misma tenga un impacto directo en la generación de beneficios económicos y sociales en Extremadura.

 

Categorías

Tipo de ayuda: Préstamo
Ámbito: Regional
Número de participantes: Individual
Destinatarios: Autónomos | Gran Empresa | Micropyme | PYME
Tipo de proyecto:
Régimen de mínimis: No
Régimen de la convocatoria: Directa

Más información:

Teléfono 900 70 9000
financiaciónidi@extremaduraavante.es
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