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Mediante sesiones para la preparación de las empresas a la inversión, el tejido empresarial extremeño podrá participar y conocer sus capacidades en materia de bonificaciones e incentivos fiscales en I+D+i

El Departamento de Innovación, dentro de su Plan de Financiación a la I+d+i, realizará durante este año 2018 varias sesiones para que las empresas con proyectos innovadores puedan asimilar qué reto supone invertir en I+D+i y cómo afecta a los estados financieros de la empresa.

Durante el 2017 se celebraron varias sesiones en formato seminario bajo el lema “Incentivos y Bonificaciones a la I+D+i en las que se dio a conocer los aspectos  más ventajosos para proyectos de la I+D+ i, las bonificaciones en Seguridad Social y Persona Técnico y/o Investigador, los Informes Motivados Vinculantes (IMV), además de otros aspectos como la financiación a la Industria 4.0 y los beneficios fiscales así como las  deducciones y productos bancarios.

En el caso de las starups de Extremadura, cuentan con  una deducción del 20% sobre su inversión y ampliaciones de capital en sociedades de la región con un máximo de 4.000 euros al año.

¿Qué son las deducciones por I+D+i?

Estas deducciones fiscales I+D+i no son más que un ahorro de impuestos, concretamente en el impuesto de sociedades. Por tanto, se aplican una vez finalizado el ejercicio, en el mes de Julio del año siguiente si el ejercicio se ha finalizado normalmente, es decir el 31 de Diciembre.  Esto permite su aplicación con exactitud, ya que se pueden conocer en detalle los gastos incurridos en las actividades de I+D+i realizadas.

Ventajas

Según recoge la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, el sistema español de deducciones fiscales por I+D+i es de los más favorables del mundo, pudiendo alcanzar hasta un 42% de los gastos directos. Frente a otros incentivos a la I+D+i, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas:

  • Tienen unos efectos económicos equiparables a la subvención, pero no tributan.
  • La aplicación es libre (todo tipo de áreas de conocimiento y volúmenes de gasto), y general (para todas las empresas, sea cual fuere su CNAE o tamaño).
  • Las deducciones no están sometidas a concurrencia competitiva con un presupuesto predefinido; las genera cada empresa, cuando realizan actividades de I+D y/o iT, de acuerdo con las definiciones establecidas en la Ley del Impuesto de Sociedades.

¿Cómo aplicarse las deducciones por I+D+i?

Las deducciones fiscales se aplican directamente sobre la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, es decir sobre la cantidad a pagar, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la misma, dejando a cero el impuesto. Si la deducción sobrepasa la cuota, incluso es posible, gracias a la Ley de Emprendedores aprobada en Septiembre de 2013, solicitar el abono a Hacienda por la parte restante.

El único requisito obligatorio para ello es generar un soporte documental que explique la actividad de I+D+i realizada y que especifique los gastos deducibles asociados, con el fin de que quede disponible en caso de inspección fiscal.

Debido al carácter subjetivo de la valoración acerca de si un proyecto es I+D, innovación o nada, la mayor parte de las empresas se decantan por la vía de despejar incertidumbres y recurrir a una calificación externa. Dicha calificación puede obtenerse de Entidades específicamente acreditadas por ENAC para este cometido, que a través de expertos en la temática en cuestión emiten certificaciones con la calificación del proyecto y los costes considerados como deducibles.

Si lo que se pretende es obtener seguridad jurídica plena, la vía es solicitar Informes Vinculantes para Hacienda, siendo dos las opciones principales: – Informe Motivado Vinculante del Ministerio de Economía y Competitividad – Informe Motivado del CDTI mediante financiación del proyecto por parte de este Organismo.

¿Cómo obtener un Informe Motivado?

Para obtener un Informe Motivado vinculante para Hacienda por parte del Ministerio de Economía y Competitividad es obligatorio adjuntar a la solicitud la certificación del proyecto calificándolo como I+D+i emitida por alguna de las Entidades Certificadoras acreditadas a tal efecto. Para ello, el proyecto habrá de documentarse suficientemente, a través de una memoria explicativa de lo realizado, con evidencias que lo demuestren, y memoria económica justificativa de los costes imputados.

La evaluación técnica es realizada por expertos independientes contratados por la entidad certificadora. Cada uno de ellos está adscrito a una temática concreta establecida en base a los códigos UNESCO.

La evaluación económica se realiza paralelamente. El evaluador económico asignado revisa los gastos aprobados por el experto técnico y comprueba la documentación económica justificativa aportada por parte de la empresa.

Es evidente la importancia que tendrá la elaboración de una memoria explicativa donde quede bien plasmado y articulado todo lo realizado en las distintas actividades de I+D+i que ha ocupado el proyecto. La solicitud de Informe Motivado Vinculante se solicita a través de la aplicación MODIM del Ministerio. Para ello es necesario contar con certificado digital, darse de alta en el sistema de Entidades y en el Registro Unificado de Solicitantes.

Próximas sesiones

Estas sesiones fueron un éxito de público, siendo muy demandadas por el tejido empresarial extremeño, por lo que a lo largo de este año se ampliarán las ubicaciones y las fechas de celebración, y que próximamente serán anunciadas en la web de Extremadura Avante.